¿Qué son las dificultades extremas en los casos de inmigración de Boston?

¿Qué son las dificultades extremas en los casos de inmigración de Boston?

Soy un abogado de inmigración con sede en Boston que se especializa en preparar exenciones I-601 e I-601A ganadoras. A menudo me piden que explique qué se entiende por “dificultades extremas”. Demostrar que su familiar calificado sufriría dificultades extremas es un requisito fundamental para las exenciones I-601 e I-601A. Entonces, ¿qué constituye exactamente una dificultad extrema? Sorprendentemente, no encontrará ninguna definición útil de dificultad extrema según la ley de inmigración de Estados Unidos. Pero una vez que comience a comprender el concepto de dificultades extremas, quedará claro lo que usted o sus abogados de inmigración de Boston deben hacer para presentar un argumento persuasivo y convincente a favor de una exención por dificultades I-601 o I-601A.

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Las dificultades extremas son una cuestión de discreción

Una característica definitoria de las dificultades extremas es que se trata de una norma jurídica completamente discrecional. Para los casos de exención de inmigración I-601 e I-601A, un juez de inmigración o un juez de USCIS toma una decisión personal y subjetiva sobre si cree que usted ha establecido dificultades extremas, lo cual, nuevamente, es un término legal indefinido. . En efecto, “dificultades extremas” es cualquier cosa que el juez de inmigración o el árbitro de USCIS considere dentro de su amplia y discrecional autoridad. Al igual que la belleza, las “dificultades extremas” están en el ojo de quien mira.

Las dificultades extremas se determinan caso por caso

La Junta de Apelaciones de Inmigración ha dicho que las dificultades extremas dependen de los hechos y circunstancias de cada caso en particular. Establecer dificultades extremas y preparar una exención de inmigración I-601 exitosa implica contar historias. Para obtener la aprobación de su exención, debe presentarse a sí mismo y a su familia, explicar su dinámica familiar particular y sus circunstancias personales y cómo la denegación de su exención I-601 afectaría negativamente a su familia (especialmente a su pariente ciudadano estadounidense calificado). Y dado que cada familia es completamente diferente, cada exención de inmigración I-601A o I-601 adoptará un ángulo único.

Factores para determinar dificultades extremas

En lugar de buscar una definición precisa, las dificultades extremas se entienden mejor como una serie de factores. Las normas sobre suspensión de la deportación en 8 CFR 1240.58, enumere los siguientes 14 factores relevantes para examinar al determinar si una deportación provocaría dificultades extremas:

  1. La edad del extranjero, tanto al momento de su ingreso a los Estados Unidos como al momento de la solicitud de suspensión de deportación;
  2. La edad, número y estatus migratorio de los hijos del extranjero y su capacidad para hablar el idioma nativo y adaptarse a la vida en el país de regreso;
  3. El estado de salud del extranjero o de sus hijos, cónyuge o padres y la disponibilidad de cualquier tratamiento médico requerido en el país al que regresaría el extranjero;
  4. La capacidad del extranjero para obtener empleo en el país al que sería devuelto;
  5. La duración de la residencia del extranjero en los Estados Unidos;
  6. La existencia de otros familiares que estén o residan legalmente en los Estados Unidos;
  7. El impacto financiero de la partida del extranjero;
  8. El impacto de una interrupción de las oportunidades educativas;
  9. El impacto psicológico de la deportación del extranjero;
  10. Las condiciones políticas y económicas actuales en el país al que el extranjero sería devuelto;
  11. Vínculos familiares y de otro tipo con el país al que el extranjero sería devuelto;
  12. Contribuciones y vínculos con una comunidad en los Estados Unidos, incluido el grado de integración a la sociedad;
  13. Historial de inmigración, incluida la residencia autorizada en los Estados Unidos; y
  14. La disponibilidad de otros medios para adaptarse al estatus de residente permanente.

Esta lista no es exhaustiva ni pretende de ninguna manera cubrir todas las diversas formas de dificultades que su familia enfrentaría si se le negara su exención I-601 o I-601A. En lugar de utilizar esto como una lista de verificación, debe considerar esta lista como simplemente algunos ejemplos del tipo de valores que un juez de inmigración o un árbitro de USCIS sopesaría al tomar la determinación de dificultad extrema.

Tenga en cuenta que todas Se deben tener en cuenta los factores relevantes para las dificultades extremas. Incluso si ningún factor alcanza el nivel de “dificultades extremas”, el efecto acumulativo de todas las dificultades podría cumplir con el estándar. Por eso es esencial comunicar todos los factores al juez de USCIS o al juez de inmigración, incluso si cree que las dificultades no parecen cumplir con el estándar de “dificultades extremas”.

Las dificultades económicas por sí solas no son suficientes

La denegación de una exención I-601 o I-601A que resulte en la deportación crearía un desastre financiero para la mayoría de los solicitantes de exención y sus familias. Pero es un error centrarse única o excesivamente en las dificultades económicas. Según la Junta de Apelaciones de Inmigración, es posible que las dificultades financieras por sí solas no alcancen el nivel de dificultad extrema. Pero las dificultades económicas, junto con otros impactos, pueden, en conjunto, generar dificultades extremas.

Concéntrese en las dificultades extremas para su familiar calificado

Por ley, una exención I-601 o I-601 requiere evidencia convincente de que su pariente inmediato ciudadano estadounidense calificado o residente permanente legal sufriría si la persona que solicita la exención fuera deportada. Obviamente, el impacto negativo de cualquier deportación recaería más directamente sobre el beneficiario de la exención, quien se vería obligado a abandonar los Estados Unidos. Sin embargo, para cumplir con el estándar legal, las dificultades para el beneficiario de la exención I-601 no deben ser el único foco de su documentación.

No olvide incluir “dificultades extremas” a otros miembros de la familia.

Según las leyes de inmigración de Estados Unidos, las “dificultades extremas” sufridas por el beneficiario de la exención, sus amigos o familiares (que no sean el pariente calificado) son técnicamente irrelevantes. Pero cualquier evidencia de dificultades para alguien debe documentarse. Es relevante como una cuestión de discreción y debe comunicarse a la atención del juez de inmigración o al árbitro de USCIS.

Explique las acciones negativas

La necesidad de una exención por dificultades económicas I-601 se debe a un error, una fechoría o un patrimonio negativo, como una condena penal, fraude o violaciones de inmigración. El beneficiario de la exención I-601 o I-601A debe abordar estos valores negativos describiendo lo que sucedió y, si es necesario, asumiendo la responsabilidad de sus acciones. No endulces lo que has hecho mal ni trates de disimularlo. El juez de inmigración o el árbitro de USCIS está tomando una decisión discrecional y la evidencia de contrición y rehabilitación puede influir en la concesión o no de la exención.

Examinar las dificultades extremas desde dos perspectivas

Es importante explorar las dificultades extremas que ocurrirían en dos posibilidades hipotéticas:

  1. Si le negaron su exención I-601 o I-601A y usted fue deportado de regreso a su país de origen, ¿cómo sufriría su pariente calificado si permaneciera en los Estados Unidos sin usted?
  2. ¿Qué dificultades sufriría su familiar calificado si, después de la hipotética denegación de su exención I-601, se viera obligado a abandonar los Estados Unidos para vivir con usted en el extranjero, en el país al que fue deportado?

El consejo más importante cuando se trata de dificultades extremas

Nunca –¡nunca!– asuma que sus circunstancias y las de su familia no cumplirían con el estándar de dificultad extrema. Muchas personas que se enfrentan al problema de la exención I-601 o I-601A creen que no tendrán éxito y por eso se dan por vencidos incluso antes de comenzar. No te distraigas por el miedo a perder o a la deportación.

El abogado de exención I-601, Joshua Goldstein, está listo para ayudar

Explicar las dificultades únicas que usted y su familia particular sufrirían si se le negara su exención I-601 o I-601A es un proyecto enorme que es mejor manejado por un abogado de inmigración calificado. En Goldstein Immigration Lawyers, nuestros abogados de inmigración tienen una experiencia considerable en la preparación exitosa de exenciones de inmigración I-601 por presencia ilegal, fraude y motivos penales de inadmisibilidad. Adoptamos un enfoque creativo para las exenciones I-601. Y estamos listos para ayudarlo con la tarea compleja y que requiere mucho tiempo de preparar una solicitud de exención convincente, comprensiva y bien documentada.

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