Tratar de seguir las noticias sobre DACA puede causarle un latigazo. Primero, Donald Trump decidió poner fin a DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia), dejando a unos 800,000 jóvenes sin acceso a autorización de empleo y protección contra la deportación. Ahora parece que los demócratas y Trump pueden haber llegado a un Acuerdo DACA, lo que convertiría a DACA en la ley del país. ¿Pero los republicanos en el Congreso acabarán con DACA como lo han hecho con otras leyes de inmigración?
Si bien no podemos predecir el futuro, es el momento adecuado para considerar alternativas a DACA. En Goldstein Immigration Lawyers, nuestros abogados de inmigración han preparado numerosos casos de DACA y realizado innumerables consultas con jóvenes indocumentados, algunos elegibles para DACA, otros no. el camino desde DACA a la tarjeta verde u otro estatus migratorio es una cuestión que hemos estado considerando seriamente desde 2012, cuando se implementó DACA por primera vez.
Una vez que termine DACA: opciones de inmigración para los soñadores
Con base en esta experiencia profesional, aquí hay algunas opciones de inmigración que podrían funcionar para usted si su estatus DACA está por vencer. Este blog no pretende sustituir a un abogado de inmigración, ni debe considerarlo como una lista exhaustiva de todas las opciones posibles en la ley de inmigración. En su lugar, considere estas opciones de inmigración como ideas para explorar con la ayuda de un abogado de inmigración capacitado y eficaz.
Matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente
El matrimonio es un camino potencial hacia la tarjeta verde para inmigrantes indocumentados. El matrimonio debe basarse en una relación “bona fide”, es decir, contraída por motivos de buena fe. Usted y su cónyuge tendrán que convencer a USCIS y posiblemente a un consulado estadounidense en el extranjero de que su relación es genuina. No se requiere documentación, pero los ejemplos comunes incluyen impuestos presentados conjuntamente, tarjetas de crédito y cuentas de jubilación conjuntas, fotografías que los muestran a ustedes dos juntos como pareja, seguros conjuntos, declaraciones juradas de amigos y familiares, prueba de convivencia, y actas de nacimiento de sus hijos.
Una cuestión clave en tales casos es si ingresó a los EE. UU. con inspección. Muchos con DACA tienen una entrada válida a los Estados Unidos al viajar al extranjero con un documento de viaje Advanced Parole. La entrada a los EE. UU. con inspección es crucial porque generalmente le permite solicitar una tarjeta verde a través del estado de ajuste. Esto significa que puede obtener su tarjeta verde en los EE. UU. sin tener que salir.
Sin una entrada válida, usted puede ser elegible para obtener una tarjeta de residencia a través del matrimonio mediante un proceso de exención llamado I-601A. Tendrá que demostrar que su cónyuge sufriría dificultades extremas. Para obtener la aprobación, deberá viajar fuera de los EE. UU. para una entrevista en un consulado en el extranjero. Pero el beneficio de este enfoque es que podrá esperar una decisión de exención en los EE. UU.
Visa U
Visas U Se otorgan a quienes han sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de un delito. El solicitante debe ser víctima de un delito calificado y aceptar ayudar a una agencia policial en la investigación del delito. Después de estar en los EE. UU. durante 3 años, puede solicitar una tarjeta verde. Ser víctima de un crimen es una experiencia verdaderamente desafortunada, pero no significa que tengas que salir de Estados Unidos. La visa U brinda la oportunidad de permanecer en el país para ayudar a las autoridades y obtener la justicia que se merece.
Asilo
Para que se le conceda asilo en los EE. UU., debe demostrar que teme ser perseguido en su país de origen por su raza, nacionalidad, religión, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular. Para convencer al gobierno de que su temor es legítimo, debe presentar muchas pruebas que demuestren que tiene un temor “bien fundado” de persecución.
Siempre hay un plazo de un año después de ingresar a Estados Unidos para solicitar asilo. Sin embargo, este requisito no se aplica a los menores de 18 años. Si solicita asilo dentro de un año después de cumplir 18 años (o en cualquier momento mientras aún sea menor de 18 años), su solicitud de asilo no será denegada por presentación tardía.
Si ingresó por última vez a los EE. UU. hace más de 1 año, como es el caso de la mayoría de los beneficiarios de DACA, también se le pedirá que demuestre que la razón por la que presenta la solicitud tarde se debe a un cambio en las circunstancias que están materialmente relacionadas con su elegibilidad para asilo. , o circunstancias extraordinarias le impidieron presentar la solicitud a tiempo. Para evaluar si estas excepciones podrían permitirle presentar una solicitud de asilo presentada tardíamente, debe consultar con un abogado de inmigración con experiencia.
Visas de trabajo temporal combinadas con la exención Hranka
Algunas personas con DACA pueden ser elegibles para una visa de trabajo temporal, como una visa O-1, una visa H-1B o una visa E. Pero un obstáculo para obtener esta visa es que pueden tener “presencia ilegal” u otras violaciones migratorias. Una posible solución es a través de un "Hranká” o exención 212(d)(3).
El Hranká La exención está disponible en un consulado de EE. UU. en el extranjero, lo que significa que usted tendría que salir de los EE. UU. Esta exención se basa únicamente en la discreción, por lo que las autoridades de inmigración tienen amplia autoridad para negar la exención, pero también pueden aprobar una Hranká Solicitud de renuncia por motivos discrecionales.
Hay ciertos tipos de visas temporales (visas de no inmigrante) que los beneficiarios de DACA pueden desear obtener, todas las cuales son visas basadas en empleo. La visa H-1B, por ejemplo, requiere que el solicitante posea una licenciatura o su equivalente en un campo específico.
Tarjeta verde basada en 245(i)
Para calificar para 245(i) ajuste de estatus, se debe haber presentado una petición de inmigración (por ejemplo, I-130, I-360, I-526 o certificación laboral) en su nombre antes del 30 de abril de 2001, y usted debe haber estado físicamente presente en los Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000. La petición debía haber sido “aprobable” al momento de su presentación.
También puede calificar para un ajuste de estatus según 245(i) como el llamado beneficiario derivado. Un beneficiario derivado es el cónyuge o hijo de la persona para quien se presentó la petición. La relación debe haber existido el 30 de abril de 2001 o antes. Eso significa que los niños que nacieron después de esa fecha o los cónyuges cuyo matrimonio tuvo lugar después de esa fecha no pueden ajustarse según 245(i).
Sospechamos que sólo una pequeña fracción de aquellos con DACA son elegibles para aprovechar las disposiciones 245(i).
Estado Especial de Inmigrante Juvenil
Los niños extranjeros que son víctimas de abuso, negligencia o abandono pueden solicitar el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJ) a través de los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de EE. UU. El programa SIJ proporciona un camino hacia la residencia legal para ciertos niños calificados. Si es menor de 21 años, no está casado y está físicamente presente en los Estados Unidos y ha obtenido una orden judicial juvenil calificada, puede ser elegible para el estatus SIJ. La orden judicial debe determinar que usted fue víctima de abuso, negligencia o abandono, que la reunificación con sus padres o sus padres no es viable como resultado y que no le conviene regresar a su país de nacimiento. Más tarde, después de recibir su tarjeta verde, puede solicitar convertirse en ciudadano estadounidense.
Cancelación de Deportación
La cancelación de deportación es una forma defensiva de alivio que puede solicitar ante un juez de inmigración. Si no está en proceso de deportación y no tiene una audiencia para comparecer ante el Tribunal de Inmigración, entonces no puede solicitar la Cancelación de Deportación. Hay dos tipos de cancelación de expulsión, uno para titulares de tarjetas verdes y otro para aquellos sin estatus permanente, llamado Cancelación de Expulsión No LPR.
Para las personas que se encuentran en la corte de inmigración pero que no tienen estatus migratorio permanente (como los beneficiarios de DACA), pueden ser elegibles para la cancelación no LPR si han estado en los Estados Unidos durante 10 años o más, no han sido condenados. de ciertos delitos, haber sido una persona de “buen carácter moral” y tener un cónyuge, hijo o padre ciudadano estadounidense o residente permanente que sufriría una cantidad increíble de dificultades si el solicitante no pudiera permanecer aquí en los Estados Unidos.
Incluso si cumple con todos los requisitos de elegibilidad, todavía depende del juez de inmigración decidir si usa su discreción para aprobar su solicitud o no. Si usted o un familiar se encuentra en un tribunal de inmigración y cree que podría ser elegible para una cancelación sin LPR, comuníquese con los abogados de inmigración de Goldstein hoy. Es importante que trabaje con un abogado de inmigración con experiencia en Los Ángeles si decide solicitar la cancelación de la deportación.
Adopción
Inmigración por adopción Es poco probable que sea una opción legal viable para la mayoría de los beneficiarios de DACA debido a estos requisitos básicos:
- La adopción debe finalizar antes de que el hijo adoptivo cumpla 16 años;
- Los padres adoptivos deberán tener la custodia legal por al menos 2 años; y
- El niño adoptivo deberá vivir físicamente con los padres adoptivos durante 2 años.
Después de cumplir con estos requisitos, es posible que pueda presentar un formulario I-130 y un I-485 para obtener la residencia permanente. Pero la mayoría de los beneficiarios de DACA no podrán cumplir con estos requisitos. La inmigración mediante adopción es compleja y le recomendamos que consulte con un abogado de inmigración para saber si es una opción posible para usted.
Advertencia para aquellos con DACA y Órdenes Finales de Expulsión/Deportación
Algunas personas que tienen DACA también tienen órdenes finales de expulsión o deportación. Esto significa que usted está sujeto a deportación pero está protegido por su estatus DACA. Pero si DACA ya no existe, correrá el riesgo de ser deportado. Y en este caso, podrían deportarlo restableciendo la orden. Esto significa que su deportación podría ocurrir sin ningún derecho a ver a un juez de inmigración.
Si cree que podría tener una orden de deportación pero no está seguro, es importante consultar con uno de nuestros abogados de inmediato para que podamos ayudarlo a averiguarlo. Si tiene una orden de expulsión o deportación, podríamos ayudarlo a explorar si es posible presentar una moción para reabrir o rescindir la orden. Si su deportación es inminente o si ya está en el radar de ICE, puede tener sentido presentar una Suspensión de Deportación.
Llame a nuestros abogados de inmigración hoy
El abogados de inmigración en nuestra oficina de Los Ángeles, California, están listos para ayudarlo y asesorarlo sobre el mejor curso de acción. Para aquellos con DACA, podemos recomendar una solución práctica basada en su situación o problemas específicos. Nuestros abogados de inmigración pueden guiarlo a usted y a su familia a través del proceso de principio a fin. Llámenos hoy para programar una sesión de estrategia de inmigración hoy.
2 Comentarios
Deja Tu Comentario
Publicado en: Blog, Inmigración
Si una persona tiene DACA y lo ha tenido por un tiempo, ¿aún así será deportada?
¡Hola, Willy! ¡Buena pregunta! Si alguien mantiene vigente su DACA, generalmente está protegido contra la deportación. Sin embargo, dejar que caduque o que surjan ciertos problemas legales podría ponerlo en riesgo. Es muy importante estar al día con las renovaciones y seguir las reglas. Si hay una inquietud específica, hablar con un abogado de inmigración puede ayudar. Programar una consulta gratuita es rápido y fácil. Simplemente haga clic en "Cuéntenos sobre su caso" en la parte superior de la página para comenzar. ¡Estamos aquí para ayudarlo!