¿En Que Consiste el Sufrimiento Extremo?
Yo soy un abogado de inmigración de Boston y me especializo en la preparación de waivers de I-106 y I-601A. Mis clientes me preguntan seguido en que consiste el sufrimiento extremo. Para poder aplicar a waivers de I-106 y I-106A, usted debe comprobar que su pariente pasaría por sufrimiento extremo si usted tuviera que irse del país. ¿Pero exactamente en que consiste el sufrimiento extremo?
Sorprendentemente, no existe una definición del sufrimiento extremo bajo las leyes de inmigración de los Estados Unidos. Pero cuando uno empieza a entender el concepto del sufrimiento extremo, uno podrá formular un argumento convincente para un waiver de I-106 o I-601A.
El sufrimiento extremo es un termino subjetivo
Ante la ley, el sufrimiento extremo es subjetivo. Para casos de I-106 y I-601A, un Juez de Inmigración o un adjudicador de USCIS toma una decisión personal bajo su propia discreción, basada en si él o ella piensa que usted ha comprobado sufrimiento extremo, el cual es un termino sin definición legal. Así que, efectivamente, el sufrimiento extremo se determina a través del punto de vista del Juez de Inmigración o el adjudicador de USCIS y quedará decidido bajo su amplia autoridad.
El sufrimiento extremo se determina dependiendo del caso
El Consejo de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals) ha dicho que el sufrimiento extremo depende de los detalles de cada caso. Para establecer sufrimiento extremo y preparar un caso exitoso para un waiver de I-601, usted debe poder contar bien la historia en la cual basa usted el sufrimiento extremo. Para que su waiver sea aprobado, usted debe introducirse e introducir a su familia, explicar su dinámica familiar y circunstancias personales y así establecer como sus familiares sufrirían si su I-601 fuera negado. Como cada familia es completamente diferente, cada I-601 o I-601A presentará un historia especifica.
Factores para determinar el sufrimiento extremo
En vez de buscar una definición exacta, es mejor si usted busca entender el término sufrimiento extremo como una serie de factores diferentes. Las regulaciones acerca de la suspensión de deportación en 8 C.F.R. 1240.58 determina los siguientes 14 factores relevantes que uno debe examinar para determinar si habría sufrimiento extremo como resultado de una deportación:
- La edad del extranjero, tanto cuando entro a los Estados Unidos y cuando aplico para la suspensión de su deportación;
- La edad, el numero, y el estatus migratorio de los hijos del extranjero además de su habilidad de hablar su lengua materna y de ajustarse a la vida diaria en el país al que tendrían que regresar.
- La condición medica del extranjero o de sus hijos, su esposo/a, o sus padres y la disponibilidad de tratamientos médicos en el país al que tendrían que regresar;
- La habilidad del extranjero de obtener un empleo en el país al que tendría que regresar;
- El numero de años durante los cuales el extranjero ha vivido en los Estados Unidos;
- La existencia de otros familiares quienes vivan (o vivirán) ilegalmente en los Estados Unidos;
- El impacto económico de la partida del extranjero;
- El impacto de la ruptura en la educación y oportunidades educacionales del extranjero o sus familiares;
- El impacto psicológico de la deportación del extranjero;
- Las condiciones políticas y económicas del país al que tendría que regresar;
- La familia y otros lazos que el extranjero tenga en el país al que tendría que regresar;
- Las contribuciones y lazos a una comunidad dentro de los Estados Unidos, incluyendo su integración a la sociedad;
- La historia de inmigración del extranjero, incluyendo tiempo de residencia autorizada por Inmigración; y
- La disponibilidad de otros medios a través de los cuales el extranjero podría obtener la residencia permanente.
Esta no es una lista exhaustiva ni cubre todo el posible sufrimiento que su familia tendría que enfrentar si su waiver de I-601 o I-601A fuera negado. Son mas bien ejemplos del tipo de situaciones que el Juez de Inmigración o adjudicador de USCIS tomaría en cuenta al determinar si habría sufrimiento extremo.
Tenga en mente que todos los factores relevantes al sufrimiento extremo deben de ser tomados en consideración. Es decir, aun cuando no hay un factor especifico que determine sufrimiento extremo, el efecto cumulativo de todos los factores existentes podría calificar a la situación como sufrimiento extremo. Por eso es esencial que el Juez de Inmigración o adjudicador de USCIS este consciente de todos los factores, aun cuando usted piense que el sufrimiento no llega a ser sufrimiento extremo.
El empeoramiento de su situación económica no es suficiente para que usted califique para un waiver de I-106 o I-601A
Para cualquier solicitante, la negación de un waiver de I-601 o un I-601A resultaría en el empeoramiento drástico de su situación económica. Pero seria un error enfocarse solamente o excesivamente en el sufrimiento relacionado a su situación económica. El Consejo de Apelaciones de Inmigración no considera que las dificultades económicas por si mismas determinen sufrimiento extremo. Pero si usted considera sus dificultades económicas potenciales con otros factores, es posible que califique como sufrimiento extremo.
Enfóquese en el sufrimiento extremo de su pariente
Por estatuto, un waiver de I-601 o de I-601As requiere evidencia convincente de que el pariente ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos sufriría si el solicitante fuese deportado. Obviamente el impacto negativo de cualquier deportación seria mayor para la persona que fuese forzada a dejar atrás su vida en los Estados Unidos. Asimismo, para cumplir con los estándares legales, el sufrimiento al beneficiario del waiver I-601 no debe ser el único argumento dentro de sus documentos.
Recuerde que debe incluir el sufrimiento extremo de otros parientes
Bajo las leyes de inmigración estadounidenses, el sufrimiento extremo de beneficiario del waiver, sus amigos, o sus familiares (aparte de su familiar ciudadano o residente americano) es, técnicamente, irrelevante. Aun así, cualquier evidencia del sufrimiento de otras personas debe estar documentado en su aplicación. Esa información es relevante y debe uno asegurarse que el Juez de Inmigración o el adjudicador de USCIS la tenga en mente cuando revise su aplicación.
Explique acciones negativas
Cuando hay necesidad de un waiver de I-601, es dado a un error o acción negativa como un antecedente penal, fraude o una violación de inmigración. El beneficiario del waiver I-601 o I-601A debe explicar esa situación y, si es necesario, tomar responsabilidad por sus acciones. No trate de minimizar lo que haya pasado. El Juez de Inmigración o el representante de USCIS está tomando una decisión subjetiva y si hay evidencia de su arrepentimiento o rehabilitación, la tomará en cuenta.
Examine el sufrimiento extremo desde dos puntos de vista
Es importante explorar las consecuencias del sufrimiento extremo dadas dos posibilidades:
- Si su waiver de I-601 o I-601As fuera negado y usted fuese deportado a su país de origen, ¿cuál seria el impacto para su pariente ciudadano o residente americano si tuviese que permanecer en los Estados Unidos sin usted?
- Si, al contrario, al ser negado su waiver de I-601, su pariente fuese forzado a irse de los Estados Unidos con usted, ¿qué consecuencias sufriría?
Lo mas importante que hay que recordar en cuanto al sufrimiento extremo
Nunca—¡nunca!—asuma que su familia no entraría dentro de la categoría de sufrimiento extremo. Muchas personas que consideran solicitar un I-601 o I-601A piensan que no tendrán éxito en conseguir el waiver, así que se rinden antes de empezar el proceso. No se distraiga por el miedo de perder el caso o el riesgo de deportación.
El abogado Joshua Goldstein es experto en waivers de I-601 y está para servirle
Explicar el sufrimiento específico que usted y su familia tendrían que enfrentar si su waiver I-601 o I-601A fuese negado es un proyecto que debe estar en manos de un abogado de inmigración calificado. En las Oficinas de Derecho de Joshua L. Goldstein, P.C., nuestros abogados de inmigración tienen amplia experiencia preparando waivers de I-601 en casos donde existe un antecedente de presencia ilegal, fraude, o crimen. Manejamos los waivers I-601 de manera creativa y comprometida. Estamos aquí para ayudarle con el proceso largo y complicado de preparar una solicitud convincente y bien documentada.
Llame a nuestras oficinas en Boston hoy al (617) 722-0005 para recibir mas información acerca de cómo comprobar sufrimiento extremo y el proceso del waiver de I-601. Recibimos casos de inmigración complicados y estamos preparados para ayudarle con su caso de inmigración.
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